ABC Régimen Simple de Tributación 2026: Lo que Empresas, Comerciantes y Profesionales Deben Revisar Antes de Acogerse
Informe Ejecutivo
El Régimen Simple de Tributación – RST es un sistema voluntario que permite a ciertos contribuyentes declarar y pagar de forma integrada varias obligaciones tributarias, principalmente el impuesto sobre la renta, el ICA consolidado, avisos y tableros, sobretasa bomberil y, cuando corresponda, el Impuesto Nacional al Consumo.
Aunque puede simplificar el cumplimiento tributario y mejorar el flujo de caja, no siempre significa pagar menos impuestos. Su conveniencia depende de los ingresos, costos, margen de utilidad, actividad económica, trabajadores, retenciones, ICA y demás condiciones particulares del contribuyente.
Por eso, antes de acogerse al RST, NBA Asesores S.A.S. recomienda realizar una simulación comparativa frente al régimen ordinario.
Informe Técnico
1. ¿Qué es el Régimen Simple de Tributación?
El RST es un régimen tributario opcional creado para simplificar el cumplimiento de obligaciones fiscales de empresarios, comerciantes, emprendedores, profesionales y algunas sociedades.
Su principal característica es que el impuesto se calcula sobre los ingresos brutos, no sobre la utilidad fiscal. Esto lo diferencia del régimen ordinario, donde se tienen en cuenta costos, deducciones y otras depuraciones.
El SIMPLE se declara anualmente y, por regla general, se paga mediante anticipos bimestrales.
2. ¿Quiénes Pueden Pertenecer al RST?
Pueden optar por este régimen, siempre que cumplan los requisitos legales:
Personas naturales que desarrollen empresa o actividad económica.
Profesionales independientes que cumplan las condiciones del régimen.
Personas jurídicas de naturaleza societaria cuyos socios o accionistas sean personas naturales residentes en Colombia.
El límite general de ingresos es de 100.000 UVT del año anterior. Para revisar ingresos de 2025, el límite equivale a $4.979.900.000, tomando como referencia la UVT de 2025. Para valores expresados en UVT de 2026, 100.000 UVT equivalen a $5.237.400.000, con una UVT de $52.374.
3. ¿Quiénes No Pueden Pertenecer?
No todos los contribuyentes pueden ingresar al RST. Entre los principales excluidos están:
Personas naturales no residentes.
Personas jurídicas extranjeras.
Sociedades cuyos socios sean personas jurídicas.
Entidades financieras.
Contribuyentes que desarrollen actividades expresamente excluidas.
Sociedades con estructuras o relaciones que la norma considere incompatibles con el SIMPLE.
También debe revisarse con cuidado cuando una persona natural participa en varias sociedades, administra otras empresas o tiene varias actividades económicas, porque pueden aplicar reglas de consolidación de ingresos.
4. ¿Qué Impuestos Reúne el RST?
El SIMPLE integra principalmente:
Impuesto sobre la renta.
ICA consolidado.
Avisos y tableros.
Sobretasa bomberil.
Impuesto Nacional al Consumo, cuando aplique.
Es importante aclarar que el IVA no desaparece automáticamente. Un contribuyente del SIMPLE puede seguir siendo responsable de IVA y cumplir sus obligaciones, salvo casos específicos como tiendas pequeñas, minimercados, micromercados y peluquerías que desarrollen únicamente esas actividades bajo las condiciones del régimen.
5. ¿Cómo Se Calcula el Impuesto?
El RST se calcula principalmente sobre los ingresos brutos ordinarios y extraordinarios susceptibles de producir incremento patrimonial.
Esto significa que una empresa con ventas altas y márgenes bajos debe analizar muy bien la conveniencia del régimen, porque el impuesto no parte de la utilidad sino de los ingresos.
Por ejemplo, si una empresa factura $500 millones y tiene costos por $400 millones, en el régimen ordinario el análisis parte de la utilidad fiscal. En el SIMPLE, en cambio, la tarifa se aplica sobre los ingresos brutos, con las depuraciones permitidas por la norma.
6. ¿Cuáles Son las Tarifas?
Las tarifas dependen de la actividad económica y del nivel de ingresos. En términos generales, pueden ir desde tarifas bajas para tiendas pequeñas, minimercados, micromercados y peluquerías, hasta tarifas más altas para servicios profesionales, consultoría, educación y salud.
Para 2026, siguen siendo especialmente relevantes las tarifas aplicables a:
Comercio, industria, construcción, telecomunicaciones y actividades similares.
Expendio de comidas y bebidas.
Transporte.
Servicios profesionales, consultoría, educación y salud.
Actividades especiales de reciclaje.
Cuando un contribuyente desarrolla varias actividades con tarifas diferentes, debe tener presente que puede aplicar la tarifa más alta correspondiente.
7. ¿Cada Cuánto Se Declara y Paga?
Por regla general, los contribuyentes del RST deben presentar:
Anticipos bimestrales, mediante el Formulario 2593.
Declaración anual consolidada, mediante el Formulario 260.
Las personas naturales del SIMPLE cuyos ingresos no superen 3.500 UVT están exceptuadas de presentar anticipos bimestrales y presentan únicamente la declaración anual consolidada. Para 2026, 3.500 UVT equivalen aproximadamente a $183.309.000.
Si el contribuyente está obligado a presentar anticipos, debe hacerlo incluso cuando en el bimestre no haya tenido ingresos.
8. ¿Cómo Se Ingresa al RST?
Si el contribuyente ya tiene RUT, puede optar por el SIMPLE entre el 1 de enero y el último día hábil de febrero de cada año.
Para ingresar durante el año gravable 2026, el plazo para contribuyentes con RUT previo venció el 27 de febrero de 2026.
Quienes se inscriben por primera vez en el RUT pueden manifestar su intención de pertenecer al SIMPLE al momento de la inscripción.
9. ¿Qué Beneficios Puede Tener?
Entre los beneficios más relevantes están:
Simplificación de obligaciones tributarias.
Integración del ICA en un mecanismo unificado.
Menor exposición a retenciones en la fuente por renta e ICA.
Mejor flujo de caja.
Descuento por aportes a pensión de trabajadores, bajo condiciones legales.
Descuento por pagos electrónicos.
Posibilidad de tomar como beneficio el GMF, sujeto a límites.
El beneficio del GMF y el descuento del 0,5 % por pagos electrónicos son alternativos, por lo que el contribuyente debe escoger el que resulte más conveniente.
10. ¿Se Puede Perder el RST?
Sí. El contribuyente puede ser excluido del SIMPLE si deja de cumplir los requisitos, supera los límites de ingresos, desarrolla actividades excluidas o incurre en determinados incumplimientos.
Un punto crítico es el retraso en la declaración o pago. Cuando el incumplimiento supera un mes calendario, puede generarse la exclusión del régimen y la imposibilidad de optar nuevamente por el SIMPLE durante el año gravable siguiente.
11. ¿El RST Siempre Conviene?
No necesariamente.
El SIMPLE puede ser conveniente para contribuyentes con buena rentabilidad, pocas deducciones, retenciones significativas o estructuras simples de cumplimiento.
Pero puede no ser favorable para empresas con ventas altas, costos elevados y márgenes de utilidad bajos.
Por eso, la decisión no debe tomarse solo mirando la tarifa. Debe hacerse una comparación real entre:
Impuesto en régimen ordinario.
Impuesto bajo RST.
ICA.
Retenciones.
IVA e Impoconsumo, cuando aplique.
Costos, deducciones y margen de utilidad.
Actividad económica y municipio donde se desarrolla la operación.
Conclusión Empresarial
El Régimen Simple de Tributación puede ser una herramienta útil para simplificar obligaciones y mejorar el flujo de caja, pero no es una solución automática para todos los contribuyentes.
Antes de ingresar, permanecer o retirarse del RST, es indispensable revisar la situación particular del negocio y proyectar el impacto tributario real.
En NBA Asesores S.A.S. acompañamos a las empresas, comerciantes y profesionales en el análisis del régimen más conveniente, evaluando no solo el cumplimiento normativo, sino también sus efectos financieros y operativos.
Cordialmente,
NBA Asesores S.A.S.
Somos compañía para tu compañía.



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