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DECRETO NÚMERO 0533 29 DE ABRIL DE 2024

El Decreto 0533 de 2024, que reglamenta el Incentivo para la creación y permanencia de nuevos empleos formales en Colombia, basado en la Ley 2294 de 2023 por medio de la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2022 -2026 "Colombia Potencia Mundial de la Vida" establece las bases para que el país se convierta en un líder de la protección de la vida a partir de la construcción de un nuevo contrato social que propicie la superación de injusticias y exclusiones históricas, integrando la transformación de la política social para la adopción de instrumentos que garanticen la protección económica y social de la población colombiana en todas sus diversidades y que nos lleven a una sociedad inclusiva.


PUBLICACIÓN Y VIGENCIA

• Decreto publicado en la web del Ministerio del Trabajo en noviembre y diciembre de 2023.

• Disposiciones sobre la vigencia y aplicación del decreto en 2024.


¿QUÉ BUSCA?

• Promover la protección económica y social, especialmente para personas con discapacidad.

• Crear oportunidades laborales inclusivas.

• Busca promover el empleo formal y evaluar la continuidad del incentivo según estudios técnicos.


REQUISITOS DE EMPLEO

• La persona beneficiaria deberá permanecer en la empresa por un tiempo mínimo de seis (6) meses, por lo tanto el nuevo trabajador y respecto del cual se solicita el reconocimiento del incentivo del que trata el presente decreto, deberá haber estado vinculado laboralmente durante los seis (6) meses anteriores al momento de la postulación, verificación que se realizará conforme al procedimiento indicado en el manual operativo que para el efecto expida el Ministerio del Trabajo.

• El Ministerio del Trabajo administra el gasto asociado al incentivo, para lo cual podrán efectuar las modificaciones presupuestales, institucionales u operativas a que haya lugar.

• Deben usar la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA).

• Variabilidad según el tipo de trabajador (jóvenes (30%), hombres (15%) y mujeres (20%) mayores de 28 años, y personas con discapacidad (35%)).


RESTRICCIONES

• El empleador sólo podrá recibir dentro de la vigencia este un máximo de veinticuatro (24) incentivos por cada trabajador vinculado, en los términos dispuestos en el manual operativo. En todo caso, solo se reconocerá un Incentivo por trabajador vinculado.

• Se reconocerá un porcentaje adicional del diez por ciento 10% sobre los porcentajes antes indicados cuando personas por las que se solicita incentivo no hayan sido cotizantes en los últimos 4 meses o más.


Fuente: Decreto Número 0533 29 de abril de 2024


EQUIPO JURÍDICO

NBA ASESORES S.A.S

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