La resolución N° 0000803 del Ministerio del Ambiente busca implementar un marco regulatorio robusto para la protección del medio ambiente, incentivando a las empresas y a la sociedad a adoptar prácticas sostenibles. Estas medidas están diseñadas para mitigar el impacto ambiental de las actividades humanas, promover el uso de energías renovables y asegurar la conservación de la biodiversidad.
OBJETO
Los objetivos principales de la resolución son:
• Promover la gestión sostenible de los recursos naturales.
• Reducir la contaminación y los impactos ambientales negativos.
• Fomentar la participación ciudadana en la protección del medio ambiente.
• Establecer mecanismos eficaces de monitoreo y control ambiental.
Estos objetivos están alineados con la política nacional de medio ambiente y desarrollo sostenible, y buscan integrar las consideraciones ambientales en todas las actividades económicas y sociales del país.
AMBITO DE APLICACIÓN
Aplica en todo el territorio nacional a los productores de envases y empaques y fabricantes o importadores de productos plásticos de un solo uso, según lo dispuesto en el parágrafo transitorio del artículo 4 y el artículo 17 de la Ley 2232 de 2022, a los productores de productos plásticos de un solo uso conforme a lo dispuesto en el numeral 9 del parágrafo del artículo 5, el parágrafo 3 del artículo 18 de la ley 2232 ibidem y el artículo 2.2.7C.7 del Decreto 1076 de 2015 y a las entidades públicas y privadas conforme al parágrafo 2 del artículo 13 de la Ley 2232 de 2022.
Se excluyen del ámbito de aplicación de esta norma:
Aquellos envases y empaques y productos plásticos de un solo uso, que correspondan a residuos peligrosos, según lo establecido en la normatividad vigente.
Residuos de envases y empaques de madera y fibras textiles o naturales, distintas a papel y cartón.
Empaques y envases de fármacos y medicamentos.
REQUISITOS Y OBLIGACIONES
La resolución establece una serie de requisitos y obligaciones para las entidades públicas y privadas. Entre estos requisitos se incluyen la realización de evaluaciones de impacto ambiental antes de iniciar cualquier proyecto, la implementación de medidas de mitigación y compensación ambiental, y el cumplimiento de los estándares de calidad ambiental. Las obligaciones también incluyen la presentación de informes periódicos sobre el estado
de los recursos naturales y las actividades de protección ambiental, así como la participación en programas de capacitación y sensibilización sobre la sostenibilidad.
SALVEDADES
Quienes introduzcan en el mercado, comercialicen y/o distribuyan productos plásticos de un solo uso siempre y cuando demuestren el cumplimiento de los requisitos y criterios para determinar los productos plásticos biodegradables en condiciones ambientales naturales definidas en el artículo 34 de la ley citada en la presente resolución.
Todos los productos plásticos de un solo uso que presenten certificación de tercera parte, emitida por organismos de evaluación de la conformidad acreditados, que demuestren que sus productos son fabricados con 100% de materia prima plástica reciclada proveniente de material posconsumo nacional, conforme a lo establecido en el numeral 9 del parágrafo del artículo 5 de la Ley 2232 de 2022.
Requisitos técnicos para verificación del porcentaje de recolección y aprovechamiento de residuos de envases y empaques y de residuos de productos plásticos de un solo uso Para la recolección
Diseño e implementación de esquemas de recolección y clasificación que garanticen la entrega de material con las características requeridas por la empresa transformadora.
Mantenimiento de un procedimiento de control de recuperación de material.
Consolidación de registros documentados de la trazabilidad del material desde los sitios de almacenamiento vinculados al plan de gestión ambiental de residuos de envases y empaques y residuos de productos plásticos de un solo uso hasta la entrada a la empresa transformadora o fabricante durante el periodo de evaluación.
Para el aprovechamiento
Diseño e implementación de esquemas de recolección y clasificación que garanticen la entrega de material con las características requeridas por la empresa transformadora.
Mantenimiento de un procedimiento de control de recuperación de material.
Diseño e implementación de un balance de materia en la empresa transformadora que incluya información de la cantidad en toneladas que ingresan, se procesan y se convierte en producto o materia prima, así como los rechazos y residuos generados en el proceso
Mantenimiento de registros documentados de balance de materiales de la empresa transformadora o fabricante.
Fuente: Resolución 0803
EQUIPO JURÍDICO
NBA ASESORES S.A.S
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