Cuándo Utilizar las NIA y Cuándo las NAGA en la Auditoría de Su Empresa
- nba Asesores S.A.S
- hace 2 días
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Informe Ejecutivo
La forma en que se audita una empresa no es un asunto meramente técnico.
Define el alcance del trabajo del revisor fiscal, la calidad del dictamen, el nivel de confianza de la información financiera y la exposición frente a observaciones de entidades de control, bancos, inversionistas o terceros interesados.
En Colombia coexisten dos marcos de auditoría: las Normas Internacionales de Auditoría (NIA) y las Normas de Auditoría Generalmente Aceptadas (NAGA) previstas en la Ley 43 de 1990. La aplicación de uno u otro marco depende principalmente del grupo de información financiera al que pertenezca la entidad y de ciertos criterios de tamaño.
Por ello, es importante que cada empresa verifique si su revisoría fiscal debe desarrollarse bajo NIA o bajo NAGA, evitando reprocesos, inconsistencias técnicas y riesgos de cumplimiento.
Informe Técnico
Dos Marcos Vigentes Para la Auditoría en Colombia
Desde la adopción de los estándares internacionales de información financiera y aseguramiento, Colombia cuenta con un marco técnico que diferencia las obligaciones aplicables según el tipo de entidad.
El Decreto 2420 de 2015 compiló las normas de contabilidad, información financiera y aseguramiento de la información. En materia de revisoría fiscal, establece que los revisores fiscales de entidades del Grupo 1 y de ciertas entidades del Grupo 2 deben aplicar las NIA, mientras que las entidades no incluidas en esos supuestos continúan observando los criterios de la Ley 43 de 1990.
Esto significa que no todas las empresas se auditan igual. El marco aplicable depende de la clasificación contable, del tamaño de la entidad y, en algunos casos, de decisiones voluntarias de adopción normativa.
Empresas Que Deben Ser Auditadas Bajo NIA
Una empresa debe aplicar el marco de las Normas Internacionales de Auditoría (NIA) cuando se encuentre en alguno de los siguientes casos:
Pertenece al Grupo 1, es decir, aplica NIIF plenas.
Aplica voluntariamente el marco técnico del Grupo 1.
Pertenece al Grupo 2 y supera alguno de estos topes:
Más de 30.000 SMMLV en activos. (Para 2026, el salario mínimo mensual legal vigente fue fijado transitoriamente en $1.750.905, por lo cual el umbral de 30.000 SMMLV equivale aproximadamente a $52.527 millones.)
Más de 200 trabajadores.
En estos casos, la revisoría fiscal debe aplicar un marco de aseguramiento más robusto, que incluye:
NIA para el dictamen de los estados financieros.
ISAE para la evaluación del control interno y del cumplimiento.
Normas de control de calidad.
Código de Ética aplicable a los profesionales de la contaduría.
Empresas Que Continúan Bajo NAGA
Las empresas que no cumplen los criterios anteriores continúan aplicando las Normas de Auditoría Generalmente Aceptadas (NAGA), conforme a la Ley 43 de 1990.
En esta categoría se encuentran, principalmente:
Empresas del Grupo 2 que no superan los topes de activos ni de trabajadores.
Empresas del Grupo 3, generalmente microempresas.
Entidades no obligadas a aplicar el marco internacional de aseguramiento, sin perjuicio de que puedan hacerlo voluntariamente cuando corresponda.
Esto no significa que la auditoría sea menos importante. Significa que el trabajo se desarrolla bajo un marco distinto, con criterios técnicos nacionales que siguen plenamente vigentes para estas entidades.
Alcance de la NIA 701
Una actualización relevante fue introducida por el Decreto 1899 de 2023, que modificó el ámbito de aplicación de la NIA 701, relacionada con la comunicación de cuestiones clave de auditoría.
Actualmente, esta norma es obligatoria principalmente para contadores públicos independientes y revisores fiscales que emitan dictámenes sobre estados financieros de entidades emisoras de valores inscritas en el RNVE y entidades consideradas de interés público. En las demás entidades, su aplicación puede ser voluntaria cuando el auditor o revisor fiscal decida comunicar cuestiones clave en su informe.
Riesgos de Aplicar el Marco Equivocado
Clasificar incorrectamente a la empresa o auditarla bajo un marco que no corresponde puede generar efectos relevantes, entre ellos:
Observaciones por parte de entidades de supervisión o control.
Reprocesos en la auditoría o en la emisión del dictamen.
Debilitamiento de la confianza en la información financiera.
Riesgos frente a bancos, inversionistas, socios o terceros.
Posibles cuestionamientos sobre el cumplimiento de las funciones del revisor fiscal.
En la práctica, el problema no está solo en la norma aplicada, sino en las consecuencias que puede tener una auditoría mal enfocada para la toma de decisiones empresariales.
Recomendaciones Para las Empresas
NBA Asesores S.A.S. recomienda revisar periódicamente:
El grupo de información financiera al que pertenece la empresa.
El valor de los activos frente al umbral de 30.000 SMMLV.
El número de trabajadores.
El marco aplicado por la revisoría fiscal.
La coherencia entre los estados financieros, el dictamen y las obligaciones normativas.
La necesidad de aplicar voluntariamente estándares internacionales cuando ello agregue valor o fortalezca la confianza de terceros.
Esta revisión debe realizarse antes del cierre contable o de la emisión del dictamen, con el fin de evitar ajustes tardíos, reprocesos o diferencias de criterio.
Acompañamiento de NBA Asesores S.A.S.
En NBA Asesores S.A.S. acompañamos a las empresas en la verificación de su clasificación contable, la identificación del marco de auditoría aplicable y la revisión del cumplimiento normativo relacionado con la revisoría fiscal.
Nuestro enfoque integra la visión contable, jurídica y tributaria, permitiendo que cada empresa tome decisiones con mayor seguridad y cuente con información financiera confiable, útil y alineada con sus obligaciones.
Si su empresa no tiene certeza sobre si debe ser auditada bajo NIA o bajo NAGA, es recomendable revisar su situación particular antes de emitir estados financieros o dictámenes.
Cordialmente,
NBA Asesores S.A.S.
Somos compañía para tu compañía.




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