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Principales novedades en el sistema de facturación electrónica con la nueva Resolución.

Con la nueva resolución 000165 de noviembre 1 de 2023 se introdujeron novedades importantes en el sistema de facturación electrónica, nba asesores comparte algunas de ellas a continuación:


  • Nuevas definiciones de expresiones técnicas:

Se han introducido nuevas definiciones para expresiones como “documento electrónico” y “documento equivalente electrónico tiquete de máquina POS”.


  • Nuevos documentos que comprenden el sistema de facturación electrónica.

El sistema no solo está compuesto por las facturas de venta y los documentos equivalentes, sino que adicionalmente involucra a los documentos electrónicos que sean determinados por la Dian.


  • Validez de la factura en papel.

La factura de venta que se expida en papel tendrá validez solo en los casos en que el facturador electrónico enfrente inconvenientes tecnológicos, o durante los dos (2) primeros meses de la inscripción en el SIMPLE.


  • Nuevos sujetos no obligados a expedir factura de venta.

Entre los no obligados a facturar también se incluirán a las juntas de acción comunal, siempre y cuando no requieran solicitar devolución y/o compensación de saldos a favor en IVA.


  • Novedades en los requisitos para expedir factura de venta.

Entre ellas, se indica que en el cuerpo de la factura se debe incluir la discriminación de los “impuestos saludables” y la de “otros impuestos”.


  • Novedades en los requisitos para expedir factura de venta.

Se incluyó la instrucción de que el dato sobre “dirección de entrega” no será obligatorio si el bien o servicio en entrega en el exterior.


  • Claridad en la identificación de agentes de retención de IVA.

Los designados como agentes de retención de IVA deben especificar esta calidad dentro del cuerpo de las facturas electrónicas, o de papel, o en los documentos equivalentes.


  • Cambios sobre la expedición e implementación de documentos equivalentes a factura.

Los documentos equivalentes deberán empezar a cambiarse obligatoriamente, ya sea por una “factura electrónica de venta” o por el nuevo “documento equivalente electrónico”.


  • Claridad frente a la utilización de las facturas por servicios públicos domiciliarios.

Las facturas por servicios públicos domiciliarios podrán seguir siendo utilizadas para soportar los costos y gastos que pretendan tomarse como deducibles.


  • Nuevo inciso sobre aceptación de facturas electrónicas para deducir costos y gastos.

Se fija que deben enviarse mensajes electrónicos especiales de aceptación al vendedor si este último expidió una “factura electrónica de venta” y la operación de hizo a crédito.


EQUIPO JURÍDICO NBA ASESORES S.A.S

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