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Beneficios tributarios para las sociedades que inicien actividades en las ZOMAC.

Las zonas más afectadas por el conflicto armado –ZOMAC– son consideradas las regiones que durante años han sido golpeadas por la violencia y en las cuales se pretende acelerar el crecimiento, el desarrollo y el progreso. Por lo anterior, mediante la Ley 1819 de 2016 y reglamentada en el Decreto 1650 de 2017, se establece los estímulos ZOMAC, que otorgan beneficios tributarios para las empresas y nuevas sociedades que generen empleo y desarrollen sus actividades en los 344 municipios seleccionados por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, El Departamento Nacional de Planeación –DPN– y la Agencia de Renovación de Territorio –ART– Link para ver lista de municipios.


¿CUÁLES SON LAS TARIFAS DE BENEFICIOS EN IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y COMPLEMENTARIOS?



REQUISITOS PARA APLICAR A LOS BENEFICIOS.

  • Aplica para nuevas sociedades constituidas a partir 29 de diciembre de 2016.

  • Deben estar legalmente constituidas e inscritas en la Cámara de Comercio de la jurisdicción del municipio ZOMAC.

  • Tener su domicilio principal y desarrollar toda su actividad económica en municipio ZOMAC.

  • Cumplir con montos mínimos de inversión y empleos.


¿QUIÉN NO TIENE DERECHO AL BENEFICIO?

  • Grandes contribuyentes dedicados a la actividad portuaria.

  • Sociedades dedicadas a la minería o servicios conexos de acuerdo con el CIIU.

  • Sociedades a la explotación de hidrocarburos o servicios conexos de acuerdo con el CIIU.

FUNDAMENTO JURÍDICO.







EQUIPO JURÍDICO

NBA ASESORES S.A.S

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