CIRCULAR NBA ASESORES S.A.S. Tasa Mínima de Tributación – Ley 2277 de 2022
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Desde NBA ASESORES SAS, le compartimos información clave:
1. Contexto normativo
La Ley 2277 de 2022, en su artículo 10, introdujo el parágrafo 6 al artículo 240 del Estatuto Tributario, estableciendo una tasa mínima de tributación (TMT) para las personas jurídicas contribuyentes del impuesto sobre la renta. Esta medida tiene como objetivo garantizar que la carga tributaria no sea inferior al 15 % sobre una utilidad fiscal especial depurada, independientemente de los beneficios fiscales a los que tenga derecho la empresa.
2. Sujetos obligados
Están obligadas a calcular y aplicar la TMT:
Todas las personas jurídicas nacionales que sean contribuyentes del impuesto sobre la renta conforme a los artículos 240 y 240-1 del Estatuto Tributario.
No están obligadas:
Personas jurídicas extranjeras sin residencia fiscal en Colombia.
3. Cálculo de la tasa mínima de tributación
El cálculo requiere determinar:
a. Utilidad Fiscal Depurada (UFD)Corresponde a la utilidad contable antes de impuestos, ajustada por partidas específicas establecidas por la normativa fiscal.
b. Impuesto Depurado (ID)Es el impuesto sobre la renta causado, sin incluir beneficios como rentas exentas, deducciones especiales o descuentos tributarios.

4. Impacto frente a rentas exentas
Los beneficios tributarios, incluyendo las rentas exentas, no pueden reducir la tasa efectiva por debajo del 15 %. Esto obliga a un ajuste adicional para cumplir con la TMT, lo cual puede modificar la planeación tributaria y financiera anual.
6. Vigencia
La obligación de calcular y pagar conforme a la tasa mínima de tributación aplica a partir del año gravable 2023, reportado en 2024, y permanece vigente salvo modificación legal.
Atentamente,
Equipo jurídico NBA Asesores S.A.S.
Somos compañía para su compañía.
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