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CRS Vence el Primero de Junio: Últimos Días para Cumplir

Informe Ejecutivo


En NBA Asesores S.A.S. recordamos a las entidades obligadas, que el reporte CRS debe presentarse a más tardar el primer día hábil del mes de junio de cada año, de acuerdo con la normativa aplicable en materia de intercambio automático de información financiera.


Actualmente, esta obligación se encuentra compilada en la Resolución DIAN 000227 de 2025 y fue sustituida en este capítulo por la Resolución DIAN 000241 de 2025, manteniendo el plazo del primer día hábil de junio.


El CRS —Common Reporting Standard— es el estándar internacional mediante el cual ciertas instituciones financieras deben reportar información de cuentas financieras a la DIAN, en cumplimiento de compromisos internacionales de transparencia fiscal.


Para el vencimiento de este año, las entidades obligadas deben revisar oportunamente su información, validar el cumplimiento técnico del archivo y evitar dejar la presentación para el último momento.


Informe Técnico


Qué Es el Reporte CRS


El CRS es un mecanismo de intercambio automático de información financiera adoptado por Colombia en desarrollo de sus compromisos internacionales en materia fiscal.


A través de este reporte, las Instituciones Financieras Sujetas a Reportar deben suministrar a la DIAN información relacionada con cuentas financieras reportables, conforme a los criterios de debida diligencia establecidos para identificar titulares, jurisdicciones de residencia fiscal y demás datos exigidos.


A Quién Aplica Esta Obligación


La obligación aplica a las instituciones financieras que cumplan las condiciones para ser consideradas, entre otras, como:

  • Instituciones de custodia.

  • Instituciones de depósito.

  • Entidades de inversión.

  • Compañías de seguros específicas.


Estas instituciones deben presentar la información a través de los servicios informáticos de la DIAN y contar previamente con la responsabilidad correspondiente a Intercambio Automático de Información CRS en el RUT.


Qué Deben Verificar las Entidades Obligadas


Antes del vencimiento, recomendamos validar los siguientes aspectos:

  • Si la entidad se encuentra obligada a presentar el reporte CRS.

  • Que la información financiera esté completa, actualizada y debidamente soportada.

  • Que se hayan aplicado los procedimientos de debida diligencia correspondientes.

  • Que el archivo cumpla las condiciones técnicas exigidas por la DIAN.

  • Que el reporte se presente oportunamente dentro del plazo legal.

  • Que los formatos aplicables, incluidos los relacionados con CRS, se gestionen correctamente.


La normativa vigente contempla como anexos el Formato 2430 CRS y el Formato 2704 Reporte CRS, asociados al cumplimiento de esta obligación.


Riesgos por No Presentar el Reporte Oportunamente


No presentar el CRS dentro del plazo establecido, presentarlo con errores o suministrar información que no corresponda a lo solicitado puede generar riesgos relevantes para la entidad, entre ellos:

  • Requerimientos por parte de la DIAN.

  • Posibles sanciones tributarias.

  • Reprocesos operativos y tecnológicos.

  • Riesgos de incumplimiento normativo.

  • Afectación en los controles internos de cumplimiento fiscal internacional.


Recomendaciones de NBA Asesores S.A.S.


Desde NBA Asesores S.A.S. recomendamos a las entidades obligadas:

  • No esperar hasta el último día para realizar el envío.

  • Revisar previamente la calidad de la información.

  • Verificar la consistencia entre los datos reportados y los soportes internos.

  • Confirmar que los accesos, firma electrónica y servicios informáticos estén habilitados.

  • Documentar adecuadamente los procedimientos de debida diligencia aplicados.

  • Solicitar acompañamiento técnico y tributario en caso de dudas sobre la obligación.


El cumplimiento del CRS no debe verse únicamente como una carga formal, sino como parte de una gestión responsable de cumplimiento fiscal, transparencia internacional y control de riesgos empresariales.


Fuente Normativa


Resolución DIAN 000078 de 2020, Resolución DIAN 000227 de 2025 y Resolución DIAN 000241 de 2025, en lo relacionado con la información que deben suministrar las Instituciones Financieras Sujetas a Reportar y el plazo de presentación del reporte CRS.


¿Necesita Apoyo con la Presentación del CRS?


Nuestro equipo está disponible para acompañarle en la revisión, validación y presentación de esta obligación ante la DIAN.


Cordialmente,

NBA Asesores S.A.S.

Somos compañía para tu compañía.

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