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REQUERIMIENTO DIAN SOBRE LA FATCA Y CRS - COOPERATIVAS Y FONDOS DE EMPLEADOS

Este requerimiento es una oportunidad para fortalecer el cumplimiento fiscal de las entidades cooperativas y fondos de empleados, evitando sanciones y asegurando la transparencia en la gestión de la información financiera. Recomendamos actuar con prontitud para cumplir con las obligaciones fiscales de manera efectiva.


La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) ha emitido un requerimiento a las cooperativas y fondos de empleados solicitando la presentación de la información financiera relacionada con FATCA y CRS para los años gravables 2022, 2023 y 2024. Este requerimiento está enfocado en la información de los cuentahabientes con residencia fiscal diferente a Colombia y Estados Unidos.


1. ¿Qué se requiere?


Las entidades que captan ahorros (como cooperativas y fondos de empleados) deben presentar los reportes FATCA y CRS en los formatos 2430 (XML) y 2704 (PDF), respectivamente.


Responsabilidad en el RUT: Los fondos deben registrar la responsabilidad 54 (CRS) y 58 (FATCA) en el Registro Único Tributario (RUT).


2. Plazos y sanciones:


Plazo para el reporte: El plazo para presentar los reportes es de 15 días calendario a partir de la notificación.


Sanciones por incumplimiento: La DIAN podrá imponer sanciones que van desde 10 UVT hasta un máximo de 7,500 UVT, dependiendo de la extemporaneidad y de la falta de presentación de la información.


Sanción mínima: $524,000 COP (equivalente a 10 UVT) y sanciones mayores por no cumplir con los plazos establecidos.


3. ¿Quiénes están obligados?

Según el Concepto DIAN 10520 de julio de 2025, las cooperativas de ahorro y crédito, los fondos de empleados y mutuales que captan ahorros, y gestionan cuentas de ahorro o inversión, deben cumplir con esta obligación. Esto aplica también a las entidades que gestionan excedentes o portafolios de inversión en nombre de sus asociados.


4. Procedimiento de reporte

Las entidades deben aplicar los procedimientos de debida diligencia para identificar a los asociados que sean residentes fiscales en otros países. Esta obligación también incluye la recopilación de la auto-certificación de residencia fiscal de los asociados que cumplan con los requisitos para ser reportados, con el fin de cumplir con los estándares de intercambio automático de información (FATCA y CRS).


5. Excepciones y consideraciones

Si su cooperativa o fondo no cumple con las características que lo hacen sujeto obligado, como la captación de ahorros o la gestión de productos de inversión, puede estar exento de presentar la información. Sin embargo, si es necesario realizar una justificación técnica ante la DIAN, esta debe basarse en los criterios establecidos por la normativa vigente.


Acciones a tomar


Verificar el RUT: Asegúrese de que su entidad esté registrada correctamente en el RUT con las responsabilidades 54 (CRS) y 58 (FATCA).


Presentar el reporte: En caso de que esté obligado, proceda con la presentación de la información en los formatos 2430 y 2704, dentro del plazo de 15 días.


Evaluar posibles sanciones: Si se presenta un incumplimiento, proceda con la liquidación de la sanción correspondiente según lo dispuesto en el artículo 651 del Estatuto Tributario.


Asesoría especializada: Si necesita asesoría sobre cómo cumplir con estos requerimientos o sobre cómo justificar su exención, no dude en contactarnos.


Cordialmente,

NBA ASESORES S.A.S.

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