Suspensión provisional de los Decretos 1390 y 1474 de 2025 – Emergencia Económica Nacional y Medidas Tributarias
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La Corte Constitucional de Colombia, mediante el Auto A-082 de 2026, ha suspendido provisionalmente los efectos de los Decretos 1390 y 1474 de 2025, los cuales fueron emitidos en el marco del estado de emergencia económica nacional declarado por el gobierno. El Decreto 1390 de 2025 establecía la emergencia económica, mientras que el Decreto 1474 de 2025 contenía una serie de medidas tributarias en respuesta a dicha emergencia. Esta suspensión tiene un impacto directo sobre varias disposiciones que afectaban a las empresas y contribuyentes. A continuación, se detallan los aspectos suspendidos y sus implicaciones.
Detalles del fallo: La Corte Constitucional ha decidido suspender, de manera provisional, los efectos de ambos decretos hasta que se resuelva el fondo del asunto. Esto implica que las medidas fiscales, tributarias y de emergencia contempladas en los decretos no tendrán validez inmediata y se pospone su implementación.
Consecuencias de la suspensión para las empresas:
Suspensión de medidas fiscales y tributarias (Decreto 1474):
Las nuevas tarifas del impuesto al patrimonio y la creación del impuesto complementario de normalización tributaria quedan suspendidas para el año 2026, lo que alivia a las empresas que no habían regularizado sus activos o pasivos.
Impuesto sobre las ventas (IVA) para juegos de azar por internet: Queda suspendido el IVA que afectaba a las plataformas de juegos de azar operados exclusivamente por internet.
Aumento del IVA para licores: El aumento del IVA a 19% para productos relacionados con licores y aperitivos queda en suspenso.
Suspensión de nuevas cargas tributarias para el sector financiero (Decreto 1474):
El impuesto adicional al sector financiero de 15 puntos sobre el impuesto a la renta, dispuesto en el Decreto 1474, queda suspendido.
Suspensión de la creación del impuesto temporal sobre hidrocarburos y carbón (Decreto 1474):
El impuesto temporal sobre la extracción de hidrocarburos y carbón en el momento de la primera venta o exportación se suspende hasta que se resuelva el control de constitucionalidad.
Suspensión de medidas de normalización tributaria (Decreto 1474):
La creación de un impuesto de normalización tributaria para activos omitidos o subvalorados queda suspendida, lo que significa que las empresas no estarán obligadas a declarar o pagar este impuesto de manera inmediata.
Suspensión de disposiciones adicionales sobre el sector extractivo (Decreto 1474):
Las medidas relacionadas con las regalías y su deducción para las empresas del sector extractivo, como las que operan en hidrocarburos y carbón, quedan suspendidas provisionalmente. Esto implica que las empresas no se verán afectadas por las restricciones a la deducción de las regalías en su declaración tributaria.
Suspensión de sanciones y pagos adicionales (Decreto 1474):
Las disposiciones que preveían reducción de sanciones y pago anticipado de impuestos para los sujetos con obligaciones tributarias pendientes quedan suspendidas. Esto podría generar mayor presión en las empresas que tienen deudas tributarias o aduaneras.
Recomendaciones:
A las empresas: Se recomienda estar atentas a la resolución definitiva del control de constitucionalidad sobre estos decretos, para adaptarse rápidamente a las nuevas disposiciones que puedan surgir.
Conclusión:
La suspensión provisional de los Decretos 1390 y 1474 de 2025 trae alivio a las empresas en cuanto a nuevas cargas tributarias y fiscales que se habían establecido como respuesta a la emergencia económica. Sin embargo, se recomienda una revisión constante de las decisiones judiciales para garantizar el cumplimiento de la normatividad fiscal vigente.
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