top of page
logo nba sin fondo.png

NB-ABC | Nómina Electrónica para Empresas: Qué Debes Transmitir, Cuándo Hacerlo y Cómo Evitar Riesgos Fiscales

6 ago
7 min de lectura

Actualizado: 19 oct

Informe Ejecutivo


La nómina electrónica es el documento que permite soportar fiscalmente los pagos derivados de una relación laboral, legal y reglamentaria, o de pensiones a cargo del empleador. Su importancia no está en reemplazar la nómina tradicional, sino en servir como soporte válido ante la DIAN para costos, deducciones e impuestos descontables, cuando aplique.


En términos prácticos, toda empresa o empleador que pretenda llevar como costo o deducción los pagos de nómina debe generar y transmitir este documento a la DIAN, de manera individual por cada trabajador o beneficiario del pago.


El cumplimiento oportuno es clave porque la transmisión debe realizarse dentro de los diez primeros días del mes siguiente al período de pago o abono en cuenta.


Desde NBA Asesores S.A.S. recomendamos revisar que la información de nómina, seguridad social, retenciones, devengados, deducciones y novedades laborales esté correctamente conciliada antes de transmitir, para evitar rechazos, inconsistencias fiscales o pérdida de soporte frente a la declaración de renta.


Actualización 2026: Mediante el Concepto DIAN 010193 de 2026, la administración tributaria aclaró que transmitir la nómina electrónica fuera del plazo no implica necesariamente perder la deducibilidad de los gastos laborales, incluso cuando la transmisión se realice en el año gravable siguiente, siempre que se acrediten los requisitos sustanciales correspondientes.


Informe Técnico


A. Qué Es la Nómina Electrónica


La nómina electrónica, formalmente denominada Documento Soporte de Pago de Nómina Electrónica, es un documento electrónico que informa a la DIAN los valores pagados o abonados en cuenta por concepto de nómina.


Este documento contiene principalmente:

  • Valores devengados.

  • Valores deducidos.

  • Valor neto o diferencia entre devengados y deducciones.

  • Información del empleador.

  • Información del trabajador o beneficiario.

  • Medio de pago.

  • Fecha y hora de generación.

  • Código Único de Documento Soporte de Pago de Nómina Electrónica —CUNE—.


La DIAN establece que este documento debe cumplir los requisitos señalados en la Resolución 000013 de 2021, especialmente en su artículo 5.


B. Para Qué Sirve


La nómina electrónica sirve principalmente para soportar, desde el punto de vista fiscal, los pagos laborales que la empresa pretende tratar como costo, deducción o impuesto descontable, cuando corresponda.


En la práctica, esto significa que no basta con pagar la nómina, tener desprendibles o realizar aportes a seguridad social. Para efectos tributarios, la empresa debe contar con el documento electrónico validado por la DIAN cuando quiera soportar esos pagos dentro de su declaración de renta.


C. Quiénes Están Obligados


Están obligados a generar y transmitir nómina electrónica los empleadores o sujetos que necesiten este documento como soporte de costos, gastos, deducciones o impuestos descontables en sus declaraciones tributarias.


Esto aplica, entre otros, a:

  • Empresas con trabajadores vinculados laboralmente.

  • Personas jurídicas que pagan nómina.

  • Personas naturales empleadoras que requieran soportar costos o deducciones.

  • Entidades que realicen pagos derivados de relaciones laborales, legales y reglamentarias.

  • Empleadores con pensionados a cargo, cuando aplique.


D. Qué No Es la Nómina Electrónica


La nómina electrónica no reemplaza la liquidación laboral interna ni el pago efectivo al trabajador.


Tampoco sustituye:

  • El desprendible de nómina.

  • La planilla PILA.

  • Los contratos laborales.

  • Los soportes de incapacidades, licencias o vacaciones.

  • La contabilidad de la empresa.

  • Las obligaciones laborales frente al trabajador.


Su función principal es tributaria y documental: servir como soporte electrónico validado por la DIAN.


E. Cada Cuánto Se Debe Transmitir


La nómina electrónica debe transmitirse a la DIAN dentro de los diez primeros días del mes siguiente al período al que corresponda el pago o abono en cuenta.


Por ejemplo, la nómina correspondiente al mes de enero debe transmitirse dentro de los primeros diez días de febrero.


Este plazo exige que las empresas tengan procesos internos ordenados, especialmente cuando existen novedades como horas extras, incapacidades, licencias, vacaciones, bonificaciones, comisiones, embargos, préstamos o descuentos autorizados.


F. Qué Información Debe Contener


De acuerdo con la regulación aplicable, el documento soporte de nómina electrónica debe contener, entre otros requisitos:

  • Denominación del documento.

  • Identificación completa del sujeto obligado.

  • Identificación del beneficiario del pago.

  • CUNE.

  • Numeración consecutiva.

  • Valores devengados, deducidos y total.

  • Medio de pago utilizado.

  • Fecha y hora de generación.


Esta información debe ajustarse al anexo técnico definido por la DIAN, por lo que no se trata simplemente de enviar un archivo de nómina, sino de generar un documento electrónico con estructura técnica validable.


G. Qué Es el CUNE


El CUNE es el Código Único de Documento Soporte de Pago de Nómina Electrónica.


En términos sencillos, funciona como una identificación única del documento transmitido. Permite individualizarlo, validarlo y consultarlo dentro del sistema electrónico de la DIAN. La Resolución 000013 de 2021 regula su generación conforme al anexo técnico correspondiente.


H. Qué Son las Notas de Ajuste


Las notas de ajuste se utilizan cuando es necesario corregir, modificar o anular información previamente transmitida en un documento soporte de nómina electrónica.


Estas notas son importantes cuando se presentan errores en:

  • Identificación del trabajador.

  • Valores devengados.

  • Deducciones.

  • Fechas.

  • Conceptos reportados.

  • Información técnica del documento.


La empresa debe conservar trazabilidad de los ajustes realizados, porque estos pueden ser relevantes en procesos de revisión, conciliación contable o fiscalización.


I. Qué Pasa si Hay Errores o Rechazos


Cuando la DIAN valida la información, el documento puede quedar como “Documento validado por la DIAN” o como “Documento rechazado por la DIAN”, según el cumplimiento de las reglas de validación.


Si el documento es rechazado, la empresa debe revisar la inconsistencia, corregir la información y realizar nuevamente la transmisión.


Desde el punto de vista práctico, los errores frecuentes suelen originarse en:

  • Datos incompletos del trabajador.

  • Inconsistencias entre nómina, PILA y contabilidad.

  • Conceptos mal clasificados.

  • Errores en devengados o deducciones.

  • Problemas de numeración.

  • Fallas en el software o proveedor tecnológico.


J. Qué Riesgos Tiene No Cumplir


El principal riesgo es fiscal: que los pagos de nómina no cuenten con el soporte electrónico adecuado para ser aceptados como costo o deducción en la declaración de renta.


Además, una nómina electrónica mal transmitida puede generar diferencias entre la información contable, laboral, tributaria y la reportada ante la DIAN.


Por eso, el cumplimiento no debe verse solo como una tarea operativa del software, sino como parte del control tributario y financiero de la empresa.


K. ¿Qué Pasa Si la Empresa Transmite la Nómina Electrónica Fuera del Plazo? – Actualización Concepto DIAN 010193 de 2026


La DIAN, mediante el Concepto 010193, interno 831, del 1 de junio de 2026, aclaró que la generación y transmisión extemporánea del documento soporte de pago de nómina electrónica no implica automáticamente la pérdida del derecho a reconocer fiscalmente los costos y deducciones laborales.


Esto significa que una empresa puede conservar la procedencia fiscal de sus gastos de nómina, incluso cuando los documentos electrónicos sean generados y transmitidos durante el período gravable siguiente al que corresponden los pagos laborales, siempre que se cumplan los requisitos exigidos por la normativa tributaria.


Para que estos costos y deducciones sean reconocidos, la empresa deberá demostrar la existencia de la relación laboral o legal y reglamentaria, la realidad del pago o abono en cuenta, el cumplimiento de los requisitos sustanciales y la generación y transmisión de los documentos electrónicos dentro de un período razonable y compatible con la finalidad del sistema.


¿Qué Debe Hacer la Empresa Si Detecta Omisiones?


Si identifica que no transmitió oportunamente la nómina electrónica o que omitió conceptos como cesantías, intereses a las cesantías, primas de servicios o vacaciones, deberá revisar los documentos originales, determinar si corresponde generar documentos faltantes o notas de ajuste y realizar la transmisión correspondiente conforme a las especificaciones técnicas de la DIAN.


Además, deberá conservar los comprobantes de validación, archivos electrónicos, soportes laborales, registros contables y evidencias de pago o abono en cuenta que permitan demostrar la realidad de las operaciones.


Importante: esta interpretación no constituye una ampliación de los plazos ordinarios de transmisión ni elimina las obligaciones formales. La DIAN no estableció un número fijo de días adicionales para subsanar las omisiones, por lo que se recomienda corregirlas tan pronto sean identificadas.


En los procedimientos de fiscalización o devolución de saldos a favor, estos soportes pueden ser relevantes para sustentar la procedencia fiscal de los costos y deducciones laborales, sin que su aceptación sea automática.


Fundamento Normativo: Concepto DIAN 010193 de 2026, que aclara la doctrina del Concepto 011042, interno 1239, de 2024, en concordancia con el artículo 771-2 del Estatuto Tributario y la regulación aplicable al documento soporte de pago de nómina electrónica.



L. Qué Debe Revisar la Empresa Antes de Transmitir


Antes de transmitir la nómina electrónica, recomendamos validar:

  • Que todos los trabajadores estén correctamente identificados.

  • Que los valores devengados coincidan con la nómina liquidada.

  • Que las deducciones estén debidamente soportadas.

  • Que la información esté conciliada con seguridad social.

  • Que los conceptos salariales y no salariales estén bien clasificados.

  • Que las novedades laborales del mes estén incluidas.

  • Que el software esté habilitado y actualizado.

  • Que los documentos rechazados sean corregidos oportunamente.


M. Conservación de los Documentos


Los documentos soporte de pago de nómina electrónica y sus notas de ajuste deben conservarse conforme a las reglas aplicables en materia tributaria y documental, garantizando que la información sea accesible para consulta posterior.


Esto implica que la empresa debe mantener archivos organizados, respaldos digitales, mensajes de validación y trazabilidad de las transmisiones realizadas.


N. Recomendaciones de NBA Asesores S.A.S.


Desde NBA Asesores S.A.S. recomendamos que la nómina electrónica sea gestionada de forma coordinada entre las áreas contable, laboral, tributaria y administrativa.


No se trata únicamente de transmitir información a la DIAN. Se trata de asegurar que la nómina esté bien liquidada, correctamente soportada y alineada con la realidad laboral y fiscal de la empresa.


Nuestras recomendaciones principales son:

  • Revisar mensualmente la nómina antes de transmitir.

  • Conciliar nómina, PILA, contabilidad y retención en la fuente.

  • Corregir oportunamente documentos rechazados.

  • Conservar los soportes de pago y validación.

  • Verificar que el proveedor tecnológico esté operando correctamente.

  • No dejar la transmisión para el último día.

  • Documentar ajustes, novedades y correcciones.


Conclusión


La nómina electrónica es una herramienta clave para la trazabilidad fiscal de los pagos laborales. Su cumplimiento oportuno permite a las empresas soportar adecuadamente sus costos y deducciones, reducir riesgos ante la DIAN y fortalecer sus procesos internos de control.


En NBA Asesores S.A.S. acompañamos a las empresas en la interpretación, revisión y cumplimiento de sus obligaciones laborales, contables y tributarias, para que cada decisión esté respaldada con información clara, oportuna y confiable.


Cordialmente,

NBA Asesores S.A.S.

Somos compañía para tu compañía.

Comentarios


bottom of page